La titular del puesto de tesorería del Ayuntamiento de Getxo fue autorizada para el desempeño acumulado del puesto de Intervención del Ayuntamiento de Balmaseda «hasta que se provea el puesto». La Ley de Incompatibilidades prohíbe ejercer un segundo trabajo al funcionario cuyo complemento específico exceda del 30% del sueldo base, como sería el caso de esta funcionaria.
El día 4 de noviembre del año pasado se publicó en el Boletín Oficial de Bizkaia, la Orden Foral nº 7875/2014, del Diputado Foral de Presidencia por la que se autorizó a la titular del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Getxo para el desempeño acumulado del puesto de Intervención del Ayuntamiento de Balmaseda «hasta que se provea el puesto»
Según dicha Orden Foral, el Alcalde de Getxo dio el visto bueno –al presentar un escrito solicitándolo- a ese doble trabajo de la funcionaria municipal que percibe, en concepto de complemento específico, alrededor de 35.000 euros anuales cuando la Ley de Incompatibilidades prohíbe ejercer un segundo trabajo al funcionario cuyo complemento específico exceda del 30% del sueldo base, como sería la situación de esta funcionaria según ha conocido Diario de Getxo.
Llama la atención que la Concejala de Personal de Getxo Ana Helguera Líbano haya hecho la vista gorda al no vigilar el cumplimiento de la legalidad -a pesar de ser funcionaria en excedencia del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas-. Tampoco lo han hecho el Secretario General del Ayuntamiento ni la Responsable de Personal María Eloisa García Fernández.