﻿{"id":22076,"date":"2016-11-26T00:13:12","date_gmt":"2016-11-25T23:13:12","guid":{"rendered":"http:\/\/www.diariodegetxo.es\/?p=22076"},"modified":"2016-11-26T00:15:45","modified_gmt":"2016-11-25T23:15:45","slug":"la-poblacion-menor-de-30-anos-en-getxo-desciende-un-35-en-getxo-en-los-ultimos-15-anos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodegetxo.es\/?p=22076","title":{"rendered":"La poblaci\u00f3n menor de 30 a\u00f1os en Getxo desciende un 35% en Getxo en los \u00faltimos 15 a\u00f1os"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">En los \u00faltimos 15 a\u00f1os la poblaci\u00f3n getxotarra menor de 30 a\u00f1os ha descendido un 35%. El dato lo ha dado esta ma\u00f1ana el Portavoz del PSE-EE en el Ayuntamiento, Jos\u00e9 Luis Landa, durante la presentaci\u00f3n de las dos l\u00edneas de ayudas -se destinar\u00e1n 400.000 euros- para la emancipaci\u00f3n de j\u00f3venes, y para el pago de gastos de comunidad, acordadas entre el Equipo de Gobierno (formado por PNV y PSE-EE) y EH-Bildu.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estas medidas \u201cvienen a intentar paliar un problema que est\u00e1 en mente de todos y todas las responsables pol\u00edticos\u201d. \u201cAunque las medidas no son la panacea, por lo menos, atenuar\u00e1n que el \u00e9xodo sea tan multitudinario\u201d ha a\u00f1adido el edil socialista.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La portavoz de EH-Bildu ha explicado que estas medidas, negociadas con el Equipo de Gobierno \u201csuponen un peque\u00f1o avance, que no solucionar\u00e1n de ra\u00edz los problemas sociales pero que s\u00ed contribuir\u00e1n a aminorar su incidencia en los sectores m\u00e1s desfavorecidos\u201d.\u00a0Los independentistas han admitido que \u201cestas ayudas llegan tarde\u201d. \u201cEl acuerdo presupuestario se firm\u00f3 en abril y hasta ahora no se han puesto en marcha\u201d ha reconocido.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Alcalde, Imanol Landa, por su parte ha resaltado el valor del acuerdo alcanzado para la consecuci\u00f3n de dos iniciativas \u201cque se sit\u00faan entre las acciones previstas \u00a0en el Plan de Legislatura, concretamente en el objetivo estrat\u00e9gico n\u00famero uno, y no por casualidad es el n\u00famero uno, porque tiene que ver con lo relativo en el avance hacia una sociedad m\u00e1s cohesionada mediante pol\u00edticas sociales y de acceso a la vivienda, que posibiliten a todas las personas las condiciones adecuadas para el\u00a0 desarrollo de su proyecto de vital.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde el Partido Popular, Eduardo Andrade, ha criticado\u00a0en las redes sociales que el PNV y EH Bildu no hayan aprovechado esta rueda de prensa para presentar los 40.000 euros que de manera oculta han acordado destinar a familiares de los presos de ETA.<\/p>\n<blockquote class=\"twitter-tweet\" data-lang=\"es\">\n<p dir=\"ltr\" lang=\"es\">Y cuando vais a presentar los 40.000\u20ac q <a href=\"https:\/\/twitter.com\/GetxoEAJ\">@GetxoEAJ<\/a> y <a href=\"https:\/\/twitter.com\/GetxokoEHBildu\">@GetxokoEHBildu<\/a> hab\u00e9is pactado dar a las familias delos presos? <a href=\"https:\/\/t.co\/8VZWHBv23z\">https:\/\/t.co\/8VZWHBv23z<\/a><\/p>\n<p>\u2014 Eduardo Andrade (@eandradepp) <a href=\"https:\/\/twitter.com\/eandradepp\/status\/802130815622807552\">25 de noviembre de 2016<\/a><\/p><\/blockquote>\n<p><script src=\"\/\/platform.twitter.com\/widgets.js\" async=\"\" charset=\"utf-8\"><\/script><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Ayudas para alquiler de vivienda para j\u00f3venes<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La convocatoria de las subvenciones en materia de \u201cAyudas al alquiler para Vivienda de los j\u00f3venes 2016-2017\u201d asciende a 250.000\u20ac y ser\u00e1 aprobada en la Junta de Gobierno de la pr\u00f3xima semana. La finalidad de estas ayudas es la de apoyar a las personas j\u00f3venes de Getxo en su proceso de emancipaci\u00f3n e incorporaci\u00f3n al mundo adulto y promover el acceso a una vivienda en r\u00e9gimen de alquiler en todas las zonas del municipio. En concreto, el objeto de las ayudas es el de contribuir en parte al pago de alquiler de la vivienda destinada a domicilio habitual de j\u00f3venes residentes en el municipio. Quedar\u00e1n excluidos del concepto de alquiler los correspondientes a anejos, tales como garaje o trastero, gastos de comunidad y administraci\u00f3n, entre otros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La subvenci\u00f3n se realizar\u00e1, seg\u00fan las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria que se aprobar\u00e1n en breve, para el gasto de alquiler asumido por la persona beneficiaria. El contrato de arrendamiento tendr\u00e1 que estar en vigor para el d\u00eda en que finalice el plazo de solicitud de las ayudas y el m\u00e1ximo per\u00edodo subvencionable ser\u00e1 de 12 meses.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En lo referente a los gastos de arrendamiento no se podr\u00e1n superar los 900 euros mensuales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para acceder a las ayudas, las unidades convivenciales no podr\u00e1n superar los ingresos m\u00e1ximos siguientes:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>25.000 euros brutos al a\u00f1o, si la unidad de convivencia est\u00e1 integrada por una sola persona.<\/li>\n<li>39.000 euros brutos al a\u00f1o, si la unidad de convivencia est\u00e1 integrada por dos o mas personas.<\/li>\n<li>Los importes de ayudas ser\u00e1n los siguientes:<\/li>\n<\/ul>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>INGRESOS BRUTOS PONDERADOS, EUROS<\/td>\n<td>% GASTOS DE ARRENDAMIENTO<\/td>\n<td>MAXIMA AYUDA (\u20ac\/mes)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 3.000,00 y 9.000,00 \u20ac<\/td>\n<td>50<\/td>\n<td>450 \u20ac<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 9.001,00 y 18.000,00 \u20ac<\/td>\n<td>40<\/td>\n<td>360 \u20ac<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 18.001,00 y 25.000,00 \u20ac<\/td>\n<td>30<\/td>\n<td>270 \u20ac<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 25.001,00 y 39.000,00 \u20ac<\/td>\n<td>20<\/td>\n<td>180 \u20ac<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: justify;\">El plazo para la presentaci\u00f3n de las solicitudes para los gastos de alquiler sufragados durante el a\u00f1o 2016 de los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016 comenzar\u00e1 el d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de esta convocatoria en el Bolet\u00edn Oficial de Bizkaia \u2013publicaci\u00f3n que se har\u00e1 pr\u00f3ximamente- y finalizar\u00e1 el 28 de febrero de 2017.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para sufragar los gastos de alquiler de los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2017, el plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes comenzar\u00e1 \u00a0el 1 de marzo de 2017 y finalizar\u00e1 el 31 de octubre de 2017.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La solicitud se realizar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n de la correspondiente instancia seg\u00fan modelo normalizado que se pondr\u00e1 a disposici\u00f3n en las Oficinas de Atenci\u00f3n al Ciudadano (OACs) as\u00ed como en la Web del Ayuntamiento. Las ayudas se conceder\u00e1n por orden de presentaci\u00f3n de solicitudes, hasta agotar la cantidad prevista en el presupuesto. Asimismo, se podr\u00e1 disponer de una cantidad adicional m\u00e1xima de 250.000 euros siempre condicionado a la declaraci\u00f3n de disponibilidad de cr\u00e9dito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Ayudas para pago de comunidad<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otra parte, el Ayuntamiento ha aprobado en la Junta de Gobierno de esta semana, una partida de 150.000\u20ac para destinarla a la concesi\u00f3n de ayudas para el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios, de enero a diciembre del presente a\u00f1o. Esta partida sustituye a la aprobada en ejercicios anteriores para la ayuda del pago del IBI.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las subvenciones est\u00e1n destinadas a personas y unidades familiares getxotarras titulares de vivienda habitual, que se acreditar\u00e1 mediante padr\u00f3n municipal y padr\u00f3n del impuesto de bienes inmuebles. Los requisitos son estar empadronado\/a en el inmueble sobre el que se calcular\u00e1 la subvenci\u00f3n a conceder, con anterioridad al 1 de enero de 2016, ser titular del mismo, y no contar con recursos econ\u00f3micos suficientes. Los ingresos anuales totales no podr\u00e1n superar las cantidades designadas en las bases de las citadas ayudas, que son incompatibles con otras que tengan la misma finalidad. En consecuencia, las unidades familiares que hayan recibido una AES por el concepto de mantenimiento de la vivienda, no podr\u00e1n optar a las mismas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se conceder\u00e1 una ayuda por familia, el importe m\u00e1ximo a conceder ser\u00e1 de 500\u20ac, y se har\u00e1 efectivo en un pago \u00fanico. En caso de que el importe total de las solicitudes supere la cantidad asignada de 150.000\u20ac, la cuant\u00eda a conceder ser\u00e1 prorrateada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes ser\u00e1 de 60 d\u00edas naturales a partir del siguiente d\u00eda de la publicaci\u00f3n de la convocatoria en el Bolet\u00edn Oficial de Vizcaya, que se anunciar\u00e1 oportunamente. Las solicitudes podr\u00e1n presentarse en las oficinas de Servicios Sociales de Romo-Areeta, Algorta-Neguri, y Andra Mari, en las OACs del municipio, por Correos, y en los lugares previstos por ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El plazo m\u00e1ximo para la concesi\u00f3n de las ayudas ser\u00e1 de dos meses, a partir del fin del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los \u00faltimos 15 a\u00f1os la poblaci\u00f3n getxotarra menor de 30 a\u00f1os ha descendido un 35%. 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