El Ayuntamiento de Getxo ha anunciado una sanción de 50.000 euros a la promotora de las obras en San Nicolás 11, en Algorta, tras constatar que se demolieron las cuatro fachadas del edificio sin la licencia preceptiva. Se trata de una infracción calificada como grave según la Ley de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
La normativa urbanística contempla multas de entre 5.001 y 50.000 euros para infracciones graves, y en este caso se ha aplicado el máximo posible. Sin embargo, esta cantidad puede parecer ridícula en comparación con los beneficios que una promotora puede obtener tras una intervención irregular como esta.
La sanción se impone no solo a la promotora, sino también a la dirección de obra, el arquitecto y la constructora.
El ayuntamiento no informa en su nota de su servicio derivarán otras responsabilidades. Tampoco informa de si habrá medidas adicionales para evitar que se repita una situación similar en el futuro.
El Ayuntamiento defiende que ha seguido el procedimiento habitual y que ha actuado con firmeza. Pero la realidad es que las obras avanzaron hasta la demolición completa de las fachadas antes de que se impusiera sanción alguna. Esto apunta a una preocupante falta de control por parte de la administración, lo que deja margen para que otras promotoras se atrevan a actuar al margen de la legalidad, confiando en que la única consecuencia será una multa económica asumible dentro de su presupuesto.
Los vecinos y colectivos en defensa del patrimonio urbanístico de Getxo exigen mayor rigor en la supervisión de las obras y medidas más contundentes para frenar la especulación y la destrucción del entorno.
«No basta con multar. Es imprescindible que se refuercen los mecanismos de control y se garantice que quienes incumplen la normativa no se beneficien económicamente de ello» ha explicado un vecino al Diario de Getxo.
Si bien en la nota inicial el Ayuntamiento había informado a los medios que «la empresa promotora tiene ahora 15 días para presentar alegaciones», poco después ha remitido una nota rectificativa indicando que «ante esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de un mes y recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses”. Sea como fuere, e independientemente de su respuesta, el daño ya está hecho.
«Ahora falta ver si el Ayuntamiento de Getxo está dispuesto a aprender de este caso y a reforzar su papel como garante del respeto a las normas urbanísticas o si, por el contrario, seguirá permitiendo que el urbanismo del municipio quede a merced de los intereses privados» señala otro ciudadano.