En Getxo persiste una problemática que afecta a los propietarios de furgonetas camper: el Ayuntamiento no permite que estos vehículos obtengan la tarjeta de residente de la OTA, al no estar contemplados en la ordenanza municipal que regula el estacionamiento en zonas de aparcamiento limitado y por estar considerados como autocaravanas.
Así, la normativa actual impide que las furgonetas camper puedan acceder a esta autorización, que permite a los vecinos estacionar en su zona de residencia sin tener que pagar por horas, mediante el abono anual de una tasa de unos 50 euros. Sin embargo, estos vehículos sí pueden aparcar en zona de OTA pagando el precio por hora correspondiente.
Esta situación genera malestar entre algunos residentes, que consideran que la ordenanza no refleja la realidad actual del uso de las furgonetas camper, muchas de las cuales se utilizan como vehículo habitual para desplazamientos laborales o familiares.
“Mi furgoneta entra perfectamente en las plazas de la OTA, pago mis impuestos en Getxo y la uso a diario, no solo para ocio. No entiendo por qué el Ayuntamiento no me permite tener la tarjeta de residente como a cualquier otro vecino”, señala un vecino que ha trasladado su queja a este diario.
El Defensor del Pueblo (Ararteko) ya se ha pronunciado en casos similares en otros municipios vascos, recomendando a los ayuntamientos que permitan la tarjeta de residente a los propietarios de furgonetas camper que acrediten un uso habitual del vehículo y no meramente recreativo. En esas resoluciones, el Ararteko ha recordado la obligación de las administraciones locales de aplicar los principios de igualdad y proporcionalidad en sus ordenanzas.
Los afectados quieren que el Ayuntamiento de Getxo revise la normativa vigente para incluir este tipo de vehículos y evitar situaciones de desigualdad entre contribuyentes que, pese a residir y tributar en el municipio, no pueden aparcar en su propia zona de residencia sin pagar por horas.




