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La Fiscalía recurre a la Audiencia Provincial de Vizcaya para anular el archivo del ‘caso palacete’: acusa al juzgado de Getxo de dictarlo sin explicar los hechos

El Ministerio Fiscal no se conforma con el cierre de la causa penal por la demolición del edificio Irurak Bat, en Getxo, y ha presentado recurso directo de apelación contra el auto de sobreseimiento libre dictado el pasado 4 de septiembre por el juzgado instructor. Con este paso, el caso sale de los juzgados de Getxo y pasa a manos de la Audiencia Provincial de Vizcaya, que deberá decidir si la investigación se reabre o si el archivo queda confirmado.

Un cierre que llega justo cuando empezaban los interrogatorios

Según recoge el propio escrito, firmado por la fiscal, la decisión del juzgado supone «un giro de 180 grados» en una causa que ya había arrancado la fase de declaraciones de testigos, con la intención de tomar a continuación declaración a las personas investigadas. La investigación se abrió por dos posibles delitos: uno contra el patrimonio histórico y otro de prevaricación, en relación con el derribo del inmueble Irurak Bat, sometido a régimen de custodia municipal.

El detonante del cambio de rumbo fue una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 9 de junio de 2026, que analizaba el régimen jurídico de otro edificio getxotarra también protegido bajo custodia municipal. Tras conocerse ese pronunciamiento, se dio traslado a las partes de la causa penal para que se pronunciaran, y el resultado fue el auto de sobreseimiento que ahora se recurre.

«Sin relato de hechos»: la falta de motivación, en el centro del recurso

El argumento principal de la Fiscalía no es tanto de fondo como de forma: sostiene que el auto recurrido se limita a examinar un único aspecto jurídico —la categoría de protección del inmueble— y prescinde de explicar los hechos concretos que se venían investigando. A juicio del Ministerio Fiscal, esa ausencia de motivación vulnera la exigencia constitucional recogida en los artículos 24 y 120.3 de la Constitución, lo que debería llevar a declarar la nulidad de la resolución conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial. De forma subsidiaria, pide que se deje sin efecto el sobreseimiento y se ordene continuar con la instrucción.

Los indicios que, según la Fiscalía, apuntan a una demolición orquestada

El recurso no se limita a un debate técnico sobre urbanismo. La fiscal enumera una serie de actuaciones que, en su opinión, muestran una voluntad deliberada de acabar con el edificio: la ocultación del expediente al arquitecto municipal que ya lo había informado desfavorablemente, su apartamiento consciente del proceso, intervenciones no autorizadas ejecutadas de forma gradual —una reducción y demolición parcial que terminó con la desaparición completa del inmueble—, la omisión de los trámites obligatorios propios de un edificio protegido y la ocultación ante el Ayuntamiento de las verdaderas intenciones de derribo.

Frente a esa versión, recuerda el escrito, los informes técnicos incorporados al expediente —elaborados por el arquitecto municipal, el Colegio de Arquitectos Vasco-Navarro y la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco— coincidían en que Irurak Bat debía protegerse y en que su demolición fue irregular.

Un debate normativo de fondo: ¿estaba protegido o no?

Buena parte del escrito se dedica a desmontar, normativa en mano, la premisa de la que partía el auto archivado: que los edificios de custodia municipal podían derribarse sin más trámite. La Fiscalía repasa la evolución legal del régimen de protección en Getxo —desde las Normas Subsidiarias de 1985 hasta el PGOU vigente, pasando por sus modificaciones de 2013 y 2021— y pone el foco en un periodo muy concreto: entre el 24 de mayo de 2019, fecha de entrada en vigor de la Ley de Patrimonio Cultural Vasco, y el 4 de enero de 2024, cuando esa ley fue modificada, los inmuebles de custodia municipal como Irurak Bat pasaron a tener, según sostiene el escrito, la consideración de bienes de «protección básica», categoría que prohíbe expresamente el derribo total o parcial. Y fue precisamente en esa ventana temporal cuando se tramitó todo el proceso administrativo que terminó con la desaparición del edificio.

El escrito recuerda además que, pese a la demolición, Irurak Bat sigue figurando como inmueble protegido en la última modificación del PGOU de Getxo, en vigor desde el 25 de agosto de este mismo año.

Qué puede pasar ahora

La Audiencia Provincial de Vizcaya tendrá la última palabra. Si acoge la tesis de la Fiscalía, la instrucción del caso Irurak Bat se reanudaría donde se quedó: con las declaraciones de testigos primero y, después, las de los investigados por los presuntos delitos de prevaricación y contra el patrimonio histórico. Si, por el contrario, confirma el sobreseimiento, el caso quedaría cerrado sin que nadie responda judicialmente por la desaparición del edificio.